La Constitución asegura a todas las personas: “La libertad de crear y difundir las artes, así como el derecho de autor sobre sus creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie, por el tiempo que señale la ley y que no será inferior al de la vida del titular. El derecho de autor comprende la propiedad de las obras y otros derechos, como la paternidad, la edición y la integridad de la obra, todo ello en conformidad a la ley”.
Fuente: Cap. III. Art 19. N. 25° Constitución de la República de Chile (Reforma constitucional año 2001)
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